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El segundo capítulo del borrador de la nueva Ley de Bases que presentó el gobierno de Javier Milei está vinculado con la reforma del Estado.
Políticas10/04/2024Como punto de partida, se plantea una "reorganización, centralización, transformación, fusión, escisión, disolución total o parcial y transferencia a las provincias o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previo acuerdo que garantice la debida asignación de recursos".
Uno de los puntos de mayor tensión entre el oficialismo y las oposición dialoguista es el artículo 7, sobre la privatización de empresas públicas. El nuevo borrador incluye un artículo con la lista de empresas que de acuerdo al plan del gobierno serán sometidas a una venta total, y otro sobre privatización parcial.
Los datos sobresalientes son que la lista original de empresas a privatizar se reduce de 40 a 18. Y que YPF está definitivamente excluida.
El capítulo II de la Reforma del Estado ocupa casi cuatro páginas y ocho artículos. Las empresas están agrupadas en tres categorías en función del destino que tendrían.
Primero aparecen las cuatro "empresas y sociedades de propiedad total o mayoritaria del Estado Nacional" que podrán ser privatizadas de forma total.
Se trata de Aerolíneas Argentinas S.A., Energía Argentina S.A., Radio y Televisión Argentina S.E., e Intercargo SAU. Ésta última, que presta servicios a las principales líneas aéreas del país, no figuraba en la versión anterior.
El segundo grupo lo integran cinco empresas y sociedades de propiedad total o mayoritaria del Estado que quedan sujetas a privatización o concesión. Se enlistan Agua y Saneamientos Argentinos S.A. (Aysa), Correo Oficial de la República Argentina S.A., Belgrano Cargas y Logística S.A., Sociedad Operadora Ferroviaria S.E. (SOFSE) y Corredores Viales S.A.
Por último, se enumeran nueve empresas o sociedades estatales que "sólo podrán ser privatizadas parcialmente debiendo el Estado Nacional mantener la participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias". Son Nucleoeléctrica Argentina S.A., Banco de la Nación Argentina, Nación Seguros S.A., Nación Reaseguros S.A., Nación Seguros de Retiro S.A., Nación Servicios S.A., Nación Bursátil S.A., Pellegrini S.A. y Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT).
El artículo 11 de la nueva ley de Bases establece que "el proceso de privatización deberá desarrollarse de conformidad con los principios de transparencia, competencia, máxima concurrencia, gobierno abierto, eficiencia y eficacia en la utilización de los recursos, publicidad y difusión". El artículo 12, en tanto, define que "la Comisión Bicameral de Seguimiento de las Privatizaciones, creada por el artículo 14 de la Ley N° 23.696, intervendrá en las privatizaciones que se lleven adelante en virtud de las disposiciones de la presente ley".
El artículo 13 dispone que la Auditoría General de la Nación "deberá realizar un examen respecto del proceso de privatización de cada una de las empresas, evaluando el cumplimiento de los aspectos legales y financieros, una vez finalizado el mismo y dentro de un plazo de 30 días hábiles". "Este examen deberá ser presentado ante la Comisión Bicameral prevista en el artículo 14 de la Ley N° 23.696", se indica.
El artículo 14 prevé la intervención de la Sindicatura General de la Nación en la elaboración de "un informe integral sobre la empresa pública en cuestión, que contendrá información detallada sobre sus aspectos patrimoniales, económicos, financieros y operativos, debiendo formular las observaciones y sugerencias que estime pertinentes".
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