Modificaciones en el Régimen de Zona Fría: ¿Quiénes perderán el descuento del 50% en tarifas de gas?

Según el diagnóstico oficial, durante años el sistema de tarifas estuvo distorsionado por subsidios generalizados que no reconocían el costo real de la energía ni discriminaban según la capacidad de pago.

Sociales26/05/2025Clic SaltaClic Salta
Gas consumo

En los últimos meses, el Gobierno profundizó su estrategia de recorte y reorganización de los subsidios energéticos, con el objetivo declarado de aliviar la carga fiscal y focalizar los beneficios en los sectores más vulnerables. Esta línea de acción comenzó a consolidarse tras el Decreto 465/2024, que estableció el “Período de Transición hacia Subsidios Energéticos Focalizados” y que fue recientemente prorrogado.

Según el diagnóstico oficial, durante años el sistema de tarifas estuvo distorsionado por subsidios generalizados que no reconocían el costo real de la energía ni discriminaban según la capacidad de pago. Esa política, sostienen desde el Ministerio de Economía, derivó en tarifas finales poco claras, en una estructura fiscal insostenible y en una distribución inequitativa de los recursos.

En este contexto, la Secretaría de Energía resolvió en el comienzo de esta semana aplicar una modificación importante al Régimen de Zona Fría, que otorga descuentos en la tarifa del gas en regiones de bajas temperaturas, como la Patagonia y zonas del centro y norte del país.

Mediante la Resolución 219/2025, publicada este lunes 26 de mayo en el Boletín Oficial, el Gobierno estableció que los usuarios que figuren como beneficiarios del régimen en más de un domicilio perderán el acceso al descuento del 50% que otorga la normativa a quienes acreditan situación de vulnerabilidad. En su lugar, se les aplicará un descuento del 30% sobre la tarifa plena.

La disposición se basa en un informe técnico del Ministerio de Economía que detectó 137.975 casos de beneficiarios que registran el subsidio en más de un inmueble. Esto, señala el documento, puede interpretarse como un indicio de que el usuario “es titular, posee u ocupa más de un inmueble”, lo cual contradice los requisitos establecidos por la Ley N° 27.637.

De esta manera, todos los usuarios con más de un medidor pasarán automáticamente al cuadro tarifario del 70% del valor pleno fijado por el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS). Sin embargo, quienes se vean alcanzados por esta medida podrán presentar evidencia de vulnerabilidad socioeconómica a través de la ANSES, utilizando el canal de la Ventanilla Única Social, para solicitar la restitución del descuento mayor.

La resolución también aclara que el Régimen de Zona Fría puede acumularse con otros beneficios, como la segmentación de tarifas y la Tarifa Social Federal. Sin embargo, advierte que esa superposición sin control puede llevar a una asignación ineficiente de los subsidios, razón por la cual se buscará establecer límites más claros en el acceso a cada uno de los programas.

Firmada por la secretaria de Energía, María Carmen Tettamanti, la norma subraya que la política tarifaria previa a 2024 “se combinó con subsidios que no reconocían el costo real de la energía”, lo que contribuyó a la falta de transparencia y a la desconexión entre lo que los usuarios pagaban y lo que efectivamente costaba el servicio.

Finalmente, la implementación del nuevo criterio quedará a cargo de la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético, que deberá aplicarlo dentro del Registro Único de beneficiarios especiales de Zona Fría. El objetivo, según indica la resolución, es “racionalizar los recursos que el Estado destina a los subsidios energéticos” y garantizar que el beneficio llegue únicamente a los consumos básicos y esenciales de quienes más lo necesitan.

 

 
 

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