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Vecinos de villa San Lorenzo, denuncian que el proyecto ilegal del loteo en Finca Los Maitines no se paralizo y continúan los desmontes.
Sociales17/05/2022Un importante desarrollo inmobiliario se está proyectando en la zona de San Lorenzo, más precisamente en Finca Los Maitines, y el loteo lo desarrolla Alejandro Cornejo. Los Maitines si bien son tierras privadas están en una reserva natural donde lo que intentan desarrollar es totalmente ilegal. Sin ir mas lejos, los dueños de estas tierras, los Patrón Costas, alambraron el acceso al rió, y fue cuando Greenpeace Argentina publicó fotos y videos denunciando al «desarrollo urbanístico» Los Maitines S.A.
Desde la agrupación ambientalista también señalan que este «emprendimiento» será el responsable del desmonte que afectará a 125 hectáreas de Selva de Yungas actualmente categorizadas en la Ley de Bosques como zona amarilla, es decir, que no debería desmontarse. Además esta intervención perjudicará a una cuenca hídrica vital para la zona.
A todo esto nos preguntamos, cuál será la productividad del proyecto de los Maitines, puesto que no se trata de un proyecto productivo, sino de una urbanización con impronta familiar (insistimos, no permitida en áreas amarillas por la ley nacional). Habiendo recorrido tal proyecto, como han podido hacerlo los interesados, con muy poco tiempo disponible anterior a la audiencia pública on-line, obviamente ha llamado nuestra atención la planta de tratamiento de aguas residuales (planta compacta para depuración de aguas residuales consistente en un sistema modular de 2 contenedores de 12 metros de longitud), cuyo input (insumos) y output (productos) serían los únicos ítems de este cambio de uso "productivo". No tenemos en cuenta el Plan de Manejo Sostenible de Bosques Nativos, porque está permitido en la categoría II (amarilla), para la producción sostenida y mantenimiento de los servicios ambientales que prestan a la sociedad, como está expresado en la ley nacional (artículo 16), aunque no habría aprovechamiento de productos maderables y no maderables en este caso.
Esta planta de tratamiento (depuradora de agua residual mediante biorreactor compacto de membranas) sería necesaria por la no disponibilidad del servicio en la zona, siendo ésta no incluida en un proyecto ejecutivo de redes colectoras de la empresa Aguas del Norte - CoSAySa al que se hace referencia en la documentación correspondiente (aún así el proyecto cuenta con un certificado de prefactibilidad de servicio de cloaca). Se crearían así cuencas sanitarias y colectoras como consecuencia de esta instalación, lo que marca una mayor antropización en una zona natural.
El diseño del sistema ha adoptado como caudal unitario de vuelco a cloaca 200 litros/persona por día, con diferentes niveles de caudal medio diario y horario variables según la cantidad de habitantes considerada (por ejemplo, si 2.000 habitantes, 400.000 litros/día). El proceso dispone el tratamiento del líquido crudo, siendo los productos de la operación barros (a ser retirados y dispuestos por terceros), y líquido de reuso (filtrado y desinfectado) que es derivado a un sistema de lagunas de retención existente (por ejemplo, para el sistema de limpieza de calles o el sistema de riego interno en el caso de que así se disponga finalmente).
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