


¿Te toca trabajar jueves y viernes de Semana Santa? Esto te corresponde cobrar.
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El paso del Domingo de Ramos inauguró la Semana Santa: esta festividad, que recuerda la última semana de Cristo en la Tierra, es una de las más importantes para la religión católica. Por la tradición religiosa en nuestro país, algunos días de esta celebración son feriados o jornadas no laborables, lo que -a su vez- tiene un impacto en cómo se le paga a quienes deben trabajar en esas fechas.
Los días en cuestión son el 14 y el 15 de abril, Jueves y Viernes Santo respectivamente. La primera festividad recuerda la Última Cena, mientras que el Viernes Santo conmemora la crucifixión de Jesús.
Según nuestro calendario oficial, el Jueves Santo es un día no laborable y el día siguiente es feriado. Tal y cómo lo establece la Ley de Contrato de Trabajo, la principal diferencia entre los dos radica en que, en el primer caso, el asueto es optativo para el empleador, mientras que en el segundo es obligatorio.
Por eso, quienes trabajen el Jueves Santo percibirán la paga común de una jornada, mientras que quienes deban concurrir a sus puestos el Viernes Santo, tal y como lo estipula la legislación vigente, percibirán un 100% extra como remuneración adicional a lo que les corresponde normalmente.





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