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Empleadas domésticas cobrarán un bono de $22.000: cómo inscribirse y cuales son los requisitos. Es con fecha limite.
Políticas26/07/2022
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Con el objetivo de incentivar el trabajo registrado, el Gobierno nacional indicó un nuevo aumento en el subsidio dirigido a empleadas domésticas, las cuales se verán beneficiadas con un monto de $22.000, el cual será cobrado por este sector durante seis meses sin excepción. ¿Cómo anotarse?
Empleadas domésticas cobrarán un bono de $22.000: cómo inscribirse y cuales son los requisitos. Es con fecha limite.
Con la última prorroga otorgada para acceder al subsidio, la misma tiene como objetivo fortalecer y motivar a aquellos sectores laborales con mayor porcentaje de informalidad laboral y revertir esta situación con beneficios subsidiados, lo que permite a estos trabajadores contar con más beneficios y mayor estabilidad económica.
¿Cuál es el monto del subsidio para las Empleadas Domésticas?
El monto que se otorga es de hasta $22.000 y durante 6 meses. Este monto forma parte del sueldo de la trabajadora de casas particulares.
El beneficio se suma a los últimos aumentos acordados por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, ya con el pago del aguinaldo acreditado en las cuentas de los beneficiarios, sumado al incremento en el ítem de "Zona desfavorable/Zona Fría".
El trabajador doméstico, desde el momento en que ve registrada su relación laboral, se verá beneficiado con aportes previsionales y obra social. Por otro lado, también podrá acceder a la tarifa social destinada a la tarjeta SUBE, a los fines de ser utilizada en distintos medios de transporte público.
Quien resulte empleador, tendrá como beneficio ciertos descuentos a la hora de abonar el Impuesto a las Ganancias. Otro beneficio, es que accede a una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART), donde tendrá una especial cobertura en caso de que suceda un accidente laboral con su trabajador.
¿Cuáles son los requisitos para acceder al subsidio?
- El empleador tiene que contar con ingresos brutos menores a $175.000 en los últimos 12 meses calendario.
- La relación laboral debe estar vigente desde el día 15 de cada mes.
- El empleador debe realizar los aportes y contribuciones de cada mes anterior.
- El empleador debe rellenar el salario conforme el banco.
- La actividad que lleva a cabo el trabajador debe encontrarse dentro de las categorías que establece la escala salarial vigente.
- El empleador no puede formar parte del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) es decir, no debe contar con sanciones previas.
El empleador, quien es contribuyente en AFIP, es la única persona que puede realizar dicha inscripción. Para ello, deberá ingresar a la página web oficial de AFIP con su clave fiscal a los fines de inscribir al trabajador, para que el sistema automáticamente le otorgue la opción de formar parte de este programa.
El cobro del programa "Registradas" es totalmente compatible con el cobro de otras prestaciones de ANSES, tales como: Asignación Universal por Hijo (AUH), Asignación por Embarazo, Tarjeta Alimentar, Potenciar Trabajo, pudiendo de esta manera percibir ambas prestaciones sin problema alguno.
En caso que su empleador no desee inscribirla y/o no se encuentre registrada, podrá resolver sus dudas y/o consultas al número de teléfono oficial del organismo: 0810-999-2347.

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