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Por decisión del gobernador Gustavo Sáenz, desde hoy se procederá con esta medida.
Provinciales30/12/2024La nueva disposición N°8477 dictamina el cobro o recupero de las prestaciones de salud, medicamentos y prótesis a conductores ebrios. En caso de no poder realizar el pago, se cancelará la deuda mediante servicios comunitarios.
Por medio de la Ley N°8477, publicada en el Boletín Oficial este lunes, el gobernador de Salta, Gustavo Sáenz, facultó al Ministerio de Salud Pública a realizar el cobro o recupero de las prestaciones de salud, medicamentos y prótesis empleadas en beneficio de las personas que, conduciendo bajo los efectos de alcohol y/o estupefacientes, ocasionen accidentes de tránsito. Es decir que desde hoy, borrachos al volante, que protagonicen accidentes viales, pagarán por los gastos que realicen en hospitales.
La ley también establece que quienes demuestren estado de insolvencia deberán cancelar la obligación mediante servicios comunitarios. Ante la falta de pago y transcurridos 60 días desde la facturación del arancel, la Autoridad de Aplicación emitirá un certificado de deuda.
La medida busca enfrentar la alta incidencia de accidentes de tránsito provocados por conductores bajo la influencia de alcohol o drogas, un problema persistente a pesar de la ley de tolerancia cero al volante.
En la sesión ordinaria del 12 de diciembre, el Senado de la Provincia dio sanción definitiva al proyecto. La senadora representante de Anta, Alejandra Navarro, destacó que, aunque la Provincia cuenta con esta ley, los fines de semana siguen ocurriendo numerosos siniestros viales. "Tenemos gran cantidad de accidentes, fundamentalmente, producidos por conductores que manejan bajo la influencia de alcohol o sustancias", afirmó Navarro.
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