Volver al Trabajo y Acompañamiento Social: el Gobierno anunció un nuevo beneficio

Las iniciativas dependientes del Ministerio de Capital Humano y reemplazo al programa Potenciar Trabajo podrán acceder un diferencial en las tarifas de transporte público por medio de la Tarjeta SUBE.

Sociales04/11/2024Clic SaltaClic Salta
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La Secretaría de Transporte oficializó este viernes la ampliación de la tarifa social para beneficiarios de los programas Volver al Trabajo y Acompañamiento Social.

La medida, reglamentada a través de la Resolución 48/2024 firmada por el titular del área Franco Mogetta, será aplicable en aquellos titulares que abonen los pasajes con su Tarjeta SUBE registrada.

"Resulta pertinente actualizar la nómina de los grupos de afinidad establecidos en el artículo 5° de la resolución 975/2012 del ex Ministerio del Interior y Transporte (y sus normas modificatorias y complementarias), con la eliminación del Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local - 'Potenciar Trabajo' en función de haber sido discontinuado y la incorporación de los programas sociales actualmente vigentes, Programa Volver al Trabajo y Programa de Acompañamiento Social", repasó un tramo del Considerando.

¿Qué grupos pueden acceder a la Tarifa Social para viajar en trenes, colectivos y subtes?

  1. Según se detalla en el artículo 1° de la Resolución 48/2024, 16 son los grupos que pueden acceder desde noviembre al beneficio de la tarifa social para viajar con descuentos en medios de transporte público.
    Jubilados y/o pensionados;
  2. Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo prevista en la ley 24.714, y sus normas modificatorias y complementarias;
  3. Beneficiarios de la Asignación por Embarazo establecida por la ley 24.714, y sus normas modificatorias y complementarias;
  4. Beneficiarios del Programa de Jóvenes con Más y Mejor trabajo establecido por resolución 497 del 13 de mayo de 2008 del entonces Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social;
  5. Beneficiarios del Seguro por desempleo previsto en el Título IV de la ley 24.013 y de la prestación por desempleo prevista en la resolución 1016 del 21 de octubre de 2013 del entonces Ministerio de Trabajo,
  6. Empleo y Seguridad Social y sus modificatorias;
  7. Beneficiarios del Seguro de Capacitación y Empleo previsto en el decreto 336 del 29 de marzo de 2006;
  8. Beneficiarios del Programa Promover Igualdad de Oportunidades previsto por la resolución 124 del 15 de febrero de 2011 del entonces Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y sus modificatorias;
  9. Personal del Trabajo Doméstico;
  10. Veteranos de la Guerra de Malvinas;
  11. Beneficiarios del "Programa de Respaldo a Estudiantes Argentinos" (PROGRESAR) establecido por el decreto de necesidad y urgencia 84 del 23 de enero de 2014 y sus normas complementarias y modificatorias;
  12. Beneficiarios del Programa Volver al Trabajo creado por el artículo 1° del decreto 198 del 27 de febrero de 2024;
  13. Beneficiarios del Programa de Acompañamiento Social creado por el artículo 2° del decreto 198/2024;
  14. Beneficiarios de Pensiones No Contributivas;
  15. Monotributistas Sociales inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social (REDLES).

¿Cómo saber si tengo el beneficio de la tarifa social para viajar con descuentos?

Para gozar del beneficio de la Tarifa Social, los usuarios deberán poseer la Tarjeta SUBE debidamente personalizada con el atributo social y/o el grupo de afinidad que le corresponda.

En tanto, los Boletos Escolar y Estudiantil no sufrirán cambios en su valor por aplicación.

 

Fuente: El Cronista

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