
ANSES informó la fecha de pago para Jubilados, Pensionados y Asignaciones
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La AFIP puede investigar a los usuarios de billeteras virtuales cuyos consumos o transferencias superen los $400.000 en octubre de 2024. Además, los usuarios deberán controlar que sus saldos mensuales no superen los $700.000, ya que, de lo contrario, también quedarán bajo la lupa del organismo.
Una de las razones clave de esta decisión es garantizar que el dinero que circula en las billeteras virtuales y cuentas bancarias tenga un origen legal. La AFIP busca evitar que los fondos no declarados o de origen ilícito circulen a través de estas plataformas. En este sentido, las entidades financieras tienen la responsabilidad de vigilar las operaciones de sus clientes y reportar cualquier movimiento que supere los montos establecidos.
Los montos a informar se actualizarán de manera automática cada seis meses de acuerdo a las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Este ajuste es necesario para que los límites continúen siendo relevantes en un contexto de inflación. De esta manera, se asegura que los montos establecidos por la AFIP reflejen la realidad económica y permitan un control efectivo sobre las operaciones financieras.
*Superar los límites de montos permitidos sin justificar: para personas sin ingresos formales es de $400.000 en movimientos de ingresos y egresos. Sobrepasarlo sin justificación puede generar inspecciones por parte de la AFIP.
*No justificar el origen de los fondos: es importante respaldar todas las operaciones con documentación, incluso las transferencias entre cuentas propias. Si no se cuenta con ingresos declarados, la AFIP o el banco pueden solicitar una justificación del origen de los fondos.
*No tener en cuenta el monto máximo sin declarar: si se realizan transferencias por encima de $700.000 sin respaldarlas con ingresos declarados, se deberá informar al fisco. No hacerlo puede atraer investigaciones.
*Transferir montos que exceden los valores permitidos: aunque muchos bancos ampliaron sus límites, es esencial estar al tanto de los valores permitidos por las entidades para evitar inconvenientes.
*No responder a las solicitudes del banco o la fintech: si un banco o entidad financiera solicita justificar fondos a través de un correo electrónico, es crucial responder con la documentación adecuada para evitar que se genere un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) a la UIF.
En caso de que un usuario de billetera virtual realice una transferencia o gasto superior a los $400.000 o saldos superiores a $700.000, la AFIP iniciará un proceso de investigación para determinar el origen de esos fondos. El contribuyente deberá presentar la documentación necesaria, como recibos de sueldo o facturas emitidas, que respalden la legalidad del dinero. Esta medida busca garantizar que los fondos utilizados provengan de ingresos legítimos y no de actividades ilegales o no declaradas.
Si durante la investigación la AFIP detecta movimientos sospechosos o si el usuario no puede justificar el origen del dinero, el organismo podrá tomar medidas severas.
Estas pueden incluir el cierre de la cuenta del usuario y la generación de un Reporte de Operación Sospechosa (ROS). Este reporte es un mecanismo utilizado por las entidades financieras para alertar sobre posibles actividades ilícitas.
*Boletas de compra y venta
*Documentos que justifiquen la venta de acciones o una empresa
*Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios
*Facturación de los últimos meses
*Constancia del monotributo
*Certificado de fondos emitido por un contador público
*El organismo llevaría adelante un proceso para determinar los orígenes del dinero que se transfirió o gastó;
*En caso de encontrar movimientos sospechosos, el cliente debería presentar la documentación (recibos de sueldo, comprobantes de haberes jubilatorios, facturas emitidas en los últimos seis meses) que respalde la legalidad de los fondos;
*Si la persona no pudiera justificar dichos ingresos o egresos, la AFIP podría tomar medidas severas, como cerrar la cuenta del usuario y generar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS).
Fuente/TN
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De acuerdo con los considerandos de la resolución 251 publicada este viernes 27 de junio en el Boletín Oficial, los haberes máximos desde el séptimo mes quedarán en $2.081.261,17.
El programa garantizará el acceso al gas envasado a $15.500 durante toda la temporada invernal.
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Esta medida es para hoy lunes 30 e incluye a todos los niveles y modalidades, en las Unidades Educativas de Gestión Pública y Privada.
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