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La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) modificará el servicio de remolque que tenían las compañías aseguradoras en todo el ámbito de la República Argentina.
Políticas29/04/2024La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) modificará el servicio de remolque que tenían las compañías aseguradoras en todo el ámbito de la República Argentina. De esta manera, los seguros ya no estarán obligados a incluir en sus pólizas el servicio de remolque y auxilio mecánico a los usuarios.
A partir de ahora, los gastos de traslado serán cubiertos por el asegurador únicamente en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto. De esta manera, ya no tendrá vigencia la cobertura que regía hasta ahora sobre "traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto", indicó el texto oficial.
La Resolución SSN 217.2024 que modifica el Reglamento de la Actividad Aseguradora, ha dado un plazo de hasta 90 días para implementar este cambio, pero además, una vez pasado este tiempo, el cambio se aplicará a cada usuario al finalizar el actual contrato de seguro, es decir, al momento de renovar las pólizas.
El cambio que aplicó la SSN sobre los servicios de remolque que ofrecen las compañías de seguros de autos tiene como objetivo “proteger a los asegurados y asegurables, detal modo, cualquier regulación que ponga en dudas la concreción de dicha misión impone una revisión de criterios”.
“Se han presentado ante este Organismo múltiples notas de las asociaciones que representan al mercado, formulando una serie de consideraciones respecto de los inconvenientes que el servicio de asistencia mecánica y remolque genera al mercado en su totalidad. Que los altos costos que demanda la prestación del servicio de remolque y auxilio mecánico para situaciones ajenas a un siniestro, altera la capacidad de responder a la función principal del contrato de seguro”, remarcaron.
Desde la SSN sostienen que de esta manera "se otorga la posibilidad de, por un lado, un mayor desarrollo de la oferta y por el otro, al ciudadano, de elegir precio y servicio según su conveniencia y criterio".
A partir del mes de julio, el traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo en los contratos de seguros dejarán de estar incluidos en los siguientes casos:
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