


Caso Rangeon: condenaron a prisión a un conocido RRPP de Salta
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El juez Marcelo Rubio de la Sala 5 del Tribunal de Juicio condenó a Federico Ariel Sánchez a la pena de seis años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo por considerarlo autor del delito de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de una mujer.
El fiscal Penal de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual 1, Federico Obeid, había requerido la pena de siete años de prisión de cumplimiento efectivo; la querella, nueve años; y la defensa del acusado pidió la absolución lisa y llana del hombre y, subsidiariamente, la absolución por el beneficio de la duda.
En su alegato, Obeid consideró que a lo largo de la audiencia debate, que inició el martes 2 de mayo, quedó demostrada la autoría de Sánchez en el delito de abuso sexual con acceso carnal.
El 5 de abril de 2021, una mujer radicó denuncia por un hecho ocurrido en 2012 en contra de Sánchez, que en ese entonces se desempeñaba con relacionista público de un local bailable, administrado por la hermana de la víctima.
La denunciante refirió que se encontró con el hombre en el local y que le propuso ir a un after. Luego, aseguró que le solicitó que la llevara hasta su departamento, pero él primero pasó por su casa, ubicada en Tres Cerritos, a buscar algo y volvió con una botella de agua que le ofreció. Manifestó que bebió el agua, pero luego comenzó a adormecerse mientras él no paraba de hablar.
En su relato, la víctima dijo que finalmente la llevó a su departamento, en donde le pidió que no bajara, pero él hizo caso omiso. La mujer aseveró que despertó en su dormitorio a la 1:30 de la mañana del día siguiente, con un fuerte dolor pélvico, su ropa interior cortada y una tijera en el suelo.
Denunció que ahí se percató de que Sánchez había abusado sexualmente de ella, sin que ella pudiera resistirse debido al estado en que se encontraba (bajo los efectos de alguna sustancia).
En su fallo, el juez Rubio ordenó que sea puesto a disposición del Servicio Penitenciario de Salta y que sea examinado por un médico del Poder Judicial para la obtención de sus señas particulares y que, a través del CIF, se le extraigan muestras de ADN, previa asignación del DUIG correspondiente, para su posterior incorporación al Banco de Datos Genéticos


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