


Pablo Rangeón insiste con la domiciliaria, pero la Justicia se la niega
El condenado por abuso sexual, intentó otra vez que la Justicia le otorgue el beneficio del arresto domiciliario pero no existe argumento válido para que salga de Villa Las Rosas.
Policiales29/11/2022
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La resolución de la vocal de la Sala V del Tribunal de Juicio Distrito Centro, Gabriela Soledad Romero Nayar, rechaza el pedido de prisión domiciliaria solicitado por los defensores Luis Fernando Díaz Zabalaga y Marcela Díaz, para el productor condenado por abuso sexual, Pablo Rangeón.
La defensa técnica había solicitado una vez más la domiciliaria, en virtud de que su representado es la única persona responsable y único hijo en la actualidad (luego del fallecimiento de su hermano) que tiene a cargo y con el que cuenta su madre, la cual es una persona de 77 años de edad.
Los abogados agregaron que la mujer padece una disminución en su función motriz, por lo que se sugiere control de un familiar diario, sumado a que según informe médico actual, se encuentra con un diagnóstico de episodio depresivo mayor recurrente grave sin síntomas psicóticos.
Ante el pedido de la domiciliaria, la Fiscalía interviniente se opuso y dijo que la afirmación efectuada por la defensa técnica o el ofrecimiento de cauciones reales, no resultan aptas para sostener la procedencia de la aplicación de la domiciliaria, pues cabe resaltar que, el peligro de fuga, ante la condena dictada se intensifica aun más. Además, el Fiscal indicó que la prisión cautelar también es para proteger con la debida intensidad la integridad física y psicológica de las damnificadas.
Por su parte, la querellante Sandra Domene, explicó que si se le otorga el beneficio a Rangeón, sería un precedente desfavorable en contraposición con la Ley de Víctimas, por cuanto cualquier persona que se encuentre detenida y tenga padres mayores de edad se podrá ver beneficiada con la morigeración de su detención. En este sentido, la abogada agrega que otros familiares del condenado pueden cuidar a la madre, incluso se puede disponer de la intervención de una institución destinada a cuidar adultos mayores. Además, Domene es clara al destacar, que la madre de Rangeón, al momento previo de su detención vivía sola en barrio Castañares y él, residía en barrio El Huaico. Por lo cual, no necesitaba de su cuidado antes y menos ahora.
Ante todo lo expuesto y pese a que todavía la condena a siete años de prisión por abuso sexual con acceso carnal, no se encuentra firme, la jueza Gabriela Soledad Romero Nayar, rechazó el pedido de la defensa. Entre sus fundamentos, se encuentra el peligro de fuga y la inexistencia de un argumento válido utilizado por los abogados defensores, en la ley vigente.


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