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title: "La urbanizadora Mday vierte líquidos cloacales sin tratar al Río Arenales"
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description: "Fue publicado en el boletín de la provincia la resolucion del Ente Regulador de Servicios publicos por el cual se multa a la empresa Mday. Los detalles"
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date_published: "2026-05-26T09:42:00-03:00"
date_modified: "2026-05-26T09:46:09-03:00"
tags:
  - "Contaminacion"
  - "Mday"
  - "Salta"
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# La urbanizadora Mday vierte líquidos cloacales sin tratar al Río Arenales

El **Ente Regulador de los Servicios Públicos (ENRESP)**, mediante la **Resolución Nº 884**, ha impuesto una multa de **$79.109.979,10** al **Fideicomiso Urbanización Vía Aurelia** (operado por el **Grupo MDay**) y a la empresa **Industrias Clark S.R.L.** por graves irregularidades en el tratamiento de efluentes cloacales y la consecuente **contaminación del Río Arenales**.

Esta sanción es el resultado de un proceso sancionatorio que determinó la **responsabilidad solidaria** de ambas entidades por operar sin títulos habilitantes, carecer de permisos de vuelco y descargar líquidos contaminantes por encima de los límites legales.

**Gravedad técnica y ambiental**

Las inspecciones y análisis técnicos realizados por la Gerencia de Agua Potable y Saneamiento (GAPyS) y el instituto GEISA de la UNSa revelaron una situación ambiental crítica:

- **Valores alarmantes de contaminación:** En muestras recolectadas se detectaron niveles de **coliformes fecales 4.000 veces superiores** al límite máximo permitido por la normativa vigente (9.300.000 NMP/100ml frente a un límite de 2.000).
- **Vuelcos de líquidos crudos:** Se constató la existencia y operación frecuente de un **caño de "bypass"** que permitía la descarga de efluentes cloacales crudos directamente al canal pluvial y, posteriormente, al **Río Arenales**, sin pasar por la planta de tratamiento.
- **Sistema ineficiente:** La planta actual fue calificada como insuficiente y mal dimensionada para los **1.800 lotes** del desarrollo, operando más como una cámara séptica que como un sistema de depuración real.

**Sanciones y prohibiciones estructurales**

Más allá de la multa económica -que equivale al 10% del máximo previsto por ley- la Resolución Nº 884 establece medidas drásticas para frenar el impacto ambiental:

1. **Inhabilitación de Industrias Clark:** Se prohibió a esta empresa continuar operando servicios sanitarios en la urbanización debido a que su contrato carecía de objeto lícito y la firma no cuenta con la habilitación legal necesaria para tal fin.
2. **Prohibición de nuevas conexiones:** El ENRESP dispuso la **prohibición de habilitar nuevas conexiones domiciliarias** en Vía Aurelia hasta que se verifique una capacidad de operación eficiente y el cumplimiento de la normativa.
3. **Auditoría y monitoreo obligatorio:** La urbanización deberá contratar una **auditoría técnica y ambiental externa** trimestral y someterse a un régimen de **monitoreo mensual obligatorio** por parte del ENRESP durante un año.
4. **Derecho a la información:** Se ordenó al Fideicomiso instalar cartelería informativa que advierta sobre el riesgo sanitario y los procesos de adecuación en curso para proteger a vecinos y potenciales compradores.

**Fundamentos de la resolución**

El Directorio del Ente señaló que el desarrollador inmobiliario obtuvo un **beneficio económico indebido** al evitar la inversión en una planta de tratamiento biológico adecuada -cuyo costo de mercado oscila entre los **USD 450.000 y USD 650.000**- mientras comercializaba lotes por valores millonarios. La resolución subraya el principio de **"quien contamina paga"**, indicando que no se puede privatizar la renta del desarrollo inmobiliario y socializar el costo ambiental.

Por su parte, el **Grupo MDay** emitió un comunicado (previo a la notificación formal de esta resolución específica) alegando que sus actuaciones se ajustaron a factibilidades otorgadas originalmente y que la situación se vio afectada por medidas judiciales ajenas a la empresa. Asimismo, la firma asegura estar liderando la construcción de una nueva planta regional para 17.000 habitantes con inversión privada. No obstante, el ENRESP ratificó que las medidas actuales son insuficientes y que el daño ambiental persiste.

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