---
canonical_url: "https://clicsalta.com.ar/contenido/10090/pension-por-fallecimiento-de-anses-quienes-pueden-cobrarla-y-como-hacer-el-trami"
title: "Pensión por fallecimiento de ANSES: quiénes pueden cobrarla y cómo hacer el trámite"
article_type: "Article"
description: "La pensión por fallecimiento de ANSES puede ser solicitada por el cónyuge, conviviente o hijos que cumplan los requisitos. El trámite se realiza por Mi ANSES o de manera presencial."
main_image: "https://clicsalta.com.ar/download/multimedia.normal.81ae29a874bd8d73.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp"
date_published: "2026-08-03T09:05:00-03:00"
date_modified: "2026-08-03T09:06:48-03:00"
tags:
  - "ANSES"
  - "Pension por fallecimiento"
author_name: "Clic Salta"
author_url: "https://clicsalta.com.ar/usuario/3/clic-salta"
author_social_links:
  - "https://www.facebook.com/ClicSalta-103539522295743"
  - "http://@Clicsalta"
  - "https://www.youtube.com/channel/UC__YoqICIJ9PmxIXzICIrgQ"
category_name: "Sociales"
category_url: "https://clicsalta.com.ar/categoria/3/sociales"
---

# Pensión por fallecimiento de ANSES: quiénes pueden cobrarla y cómo hacer el trámite

La **[Administración Nacional de la Seguridad Social](https://es.wikipedia.org/wiki/Administraci%C3%B3n_Nacional_de_la_Seguridad_Social) (ANSES)** otorga una pensión mensual a determinados familiares de un jubilado fallecido.

El beneficio busca garantizar un ingreso a quienes tenían un vínculo directo con el titular y cumplen con las condiciones establecidas por el régimen previsional.

Antes de iniciar la gestión, es importante revisar que los datos personales, familiares y de contacto estén actualizados en ***Mi ANSES***. También será necesario reunir la documentación que permita demostrar el vínculo con la persona fallecida.

### Quiénes pueden cobrar la pensión por fallecimiento

La prestación puede corresponderles a los siguientes familiares:

- Cónyuge sobreviviente.
- Conviviente previsional.
- Hijos solteros menores de 18 años que no cobren otra prestación.
- Hijos con discapacidad o incapacidad para trabajar, sin límite de edad, siempre que hayan estado a cargo del jubilado fallecido.

En el caso de los convivientes, generalmente se deben acreditar **cinco años de convivencia anteriores al fallecimiento**. El plazo se reduce a **dos años cuando existen hijos reconocidos por ambos**.

### Qué documentación puede pedir ANSES

La documentación cambia según la situación de cada solicitante. Como base, se deberá contar con el **DNI** y las constancias que permitan acreditar el vínculo familiar.

El cónyuge puede necesitar una partida de matrimonio actualizada. En el caso de una convivencia, se deberán presentar pruebas que demuestren la relación y el domicilio compartido.

**ANSES** también puede solicitar partidas de nacimiento, certificados de discapacidad, formularios previsionales o documentación adicional cuando el trámite sea iniciado por un representante.

Para evitar observaciones o demoras, conviene verificar previamente que toda la información del grupo familiar figure correctamente registrada.

### Cómo tramitar la pensión por internet

La solicitud digital puede iniciarse desde ***Mi ANSES***, ingresando con **CUIL y Clave de la Seguridad Social**.

Para realizar el trámite por internet deben haber pasado al menos **10 días hábiles desde el fallecimiento**, pero no más de seis meses. Después de ese plazo, la gestión deberá hacerse presencialmente en una oficina del organismo.

Una vez enviada la solicitud, el seguimiento puede realizarse desde Mi ANSES. El organismo indica que el estado del trámite puede consultarse a partir de las 72 horas posteriores a la presentación.

### Cuándo hay que sacar turno presencial

El trámite deberá realizarse en una oficina de **ANSES** cuando hayan pasado más de seis meses desde el fallecimiento o cuando el caso requiera documentación especial.

También puede ser necesaria la atención presencial cuando existan datos familiares sin registrar, hijos con discapacidad, representantes o situaciones que no puedan resolverse mediante la plataforma digital.

### Cuánto se cobra por la pensión

El monto depende del haber que cobraba el jubilado y de la cantidad de personas con derecho al beneficio.

Cuando existe más de un beneficiario, el haber se distribuye de acuerdo con los porcentajes previsionales. La suma de todas las pensiones no puede superar el **100% de lo que cobraba la persona fallecida**.

Por ejemplo, ANSES informa que en un grupo familiar integrado por una viuda y un hijo puede corresponder un 50% para la viuda y un 20% para el hijo menor de edad.

### También se puede pedir ayuda por los gastos del sepelio

Las personas que afrontaron los gastos de sepelio, cremación o inhumación pueden consultar por el **Subsidio de Contención Familiar**. También pueden solicitarlo, según el orden de prioridad, el cónyuge, conviviente, hijos con derecho a pensión o herederos de la persona fallecida.

El trámite debe iniciarse dentro del año posterior al fallecimiento. Además, quienes solicitan la pensión pueden gestionar al mismo tiempo este subsidio.

Antes de presentar la documentación, se recomienda consultar los requisitos actualizados en los canales oficiales de ANSES, ya que el organismo puede pedir comprobantes adicionales según cada caso.

---

*Contenido creado y optimizado para IA con [Medios CMS](https://medios.io)* — Plataforma profesional para la gestión de medios digitales y portales de noticias.
