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El presidente Alberto Fernández presentó la ley Cuidar en Igualdad, que enviará al Congreso. Se incluye a monotributistas y autónomos. El costo lo absorbe el Estado, no el empleador.
Sociales03/05/2022El presidente Alberto Fernández anunció ayer el envío al Congreso del proyecto de ley Cuidar en Igualdad, que entre otras iniciativas establece la ampliación de las licencias por maternidad de 90 a 126 días y por paternidad de los actuales dos días a 15, mientras que además implementa una licencia por adopción por 90 días para madre y padre.
El jefe de Estado había anunciado un proyecto de estas características durante su discurso de apertura de sesiones ordinarias del pasado 1 de marzo y ahora ratificó que en breve será girado al Parlamento para su tratamiento.
En la ceremonia, en la plaza Colón, ubicada justo detrás de la Casa Rosada, estuvo acompañado por la ministra de las mujeres, Elizabeth Gómez Alcorta; el de Trabajo, Claudio Moroni; el titular de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, y la del PAMI, Luana Volnovich.
"Desde el primer día que llegamos nos propusimos ampliar derechos porque el pueblo de esa forma podrá desarrollarse", sostuvo el mandatario, quien agregó: "La obligación de cuidar a los hijos es del padre y la madre, por eso estamos ampliando las licencias por maternidad y paternidad".
El proyecto además reconoce el derecho a cuidar a monotributistas, monotributistas sociales y autónomos, a través de la creación de una asignación para personas gestantes, personas no gestantes y por adopción.
El monto de esta asignación consistirá en el pago mensual del Salario Mínimo Vital y Móvil y se establece el mismo régimen para personal de casas particulares, personal temporario de trabajo agrario y para toda la Administración Pública Nacional.
El proyecto no implica ningún incremento de costos para empleadores, dado que se prevé que las nuevas licencias y la extensión de las vigentes sean financiadas por la seguridad social.
El Presidente aseguró que la ley Cuidar en Igualdad es para que "se vuelva un derecho permanente en la Argentina y gobierne quien gobierne esto sea respetado". Y añadió que la ley es necesaria "para que la suerte de las mujeres y los derechos de la igualdad no queden en una declamación política".
El proyecto se gestó en la Mesa Interministerial de Políticas de Cuidado que reunió a 15 organismos del Poder Ejecutivo, coordinada por el Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad (MMGyD).
La iniciativa utiliza los términos "licencia para persona gestante" (reemplaza licencia por maternidad) y "licencia para persona no gestante" (reemplaza licencia por paternidad) para incluir a todas las identidades de género y composiciones familiares.
El aumento de las licencias para personas no gestantes se prevé progresivo: a partir de la entrada en vigencia de la ley se elevará la licencia a 15 días; luego de dos años, a 30; luego de cuatro, a 45; luego de seis, a 60 días, y al cumplirse ocho años de la ley, la licencia será de 90 días.
Además, el proyecto crea la licencia para quienes decidan adoptar y por adopción.
La licencia será de 2 a 12 días por año para quienes estén por adoptar para facilitar trámites y encuentros con niñas, niños o adolescentes en situación de adopción.
En caso de adopción, se considera una licencia de 90 días.
La iniciativa incluye la creación de una licencia de 2 a 6 días para cuidar o acompañar al cónyuge o conviviente que realiza técnicas de reproducción médicamente asistida, y la extiende de 3 a 10 días en el caso que tuviesen hijos e hijas menores de edad a cargo.
Asimismo, incorpora extensiones de las licencias para hijas e hijos con discapacidad, ante nacimientos o adopciones múltiples, nacimientos prematuros o con enfermedades crónicas.
Si se tratara de nacimientos o adopciones múltiples, la licencia se extenderá por 30 días por cada hija o hijo a partir del segundo.
En nacimientos prematuros la licencia se ampliará a 30 días.
En caso de nacimiento o adopción de niñas, niños o adolescentes con discapacidad o con enfermedad crónica, la licencia será de 180 días.
El proyecto de ley Cuidar en Igualdad modifica las licencias especiales previstas en la ley de Contrato de Trabajo para ampliar el derecho a cuidar.
También propone ampliar la licencia por fallecimiento de cónyuge o conviviente -esta figura se agrega- y por hijas e hijos, que pasa de 3 a 5 días, en tanto amplía la licencia por fallecimiento de hermanas y hermanos de 1 a 3 días.
Crea la licencia especial para cuidado por enfermedad de persona a cargo, conviviente o cónyuge, que actualmente es de 2 días, a un máximo de 20 días por año.
También crea la licencia por violencia de género que será de hasta un máximo de 20 días por año.
Otra novedad es que se incluyen los meses de licencia en el cálculo previsional como meses aportados.
En los considerandos de la iniciativa se destaca que las políticas “deben asegurar la provisión, la socialización, el reconocimiento y la redistribución del trabajo de cuidado, entre el sector público, el sector privado, las familias y las organizaciones comunitarias y entre todas las identidades de género”.
El proyecto obliga al Ministerio de Obras Públicas a destinar anualmente al menos el 8,5% de su presupuesto a la ampliación de la infraestructura pública de cuidados del país.
Establece que el Poder Ejecutivo debe crear un registro nacional de trabajadoras y trabajadores del cuidado remunerado con el fin de facilitar la instrumentación de las políticas y también un registro de espacios comunitarios de cuidado. El proyecto se gestó en la Mesa Interministerial de Políticas de Cuidado que reunió a 15 organismos del Poder Ejecutivo, coordinada por el Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad (MMGyD).
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