Monotributo social: quiénes deben reempadronarse en septiembre

Este proceso, que es gratuito, estará disponible hasta el lunes 30 de septiembre.

Sociales04/09/2024Clic SaltaClic Salta
AFIP

El Ministerio de Capital Humano ha anunciado que aquellos beneficiarios del Monotributo Social incluidos en los programas de Acompañamiento Social, Volver al Trabajo y Microcrédito deberán realizar un reempadronamiento obligatorio durante el mes de septiembre. Este proceso, que es gratuito, estará disponible hasta el lunes 30 de septiembre.

A partir de octubre, los monotributistas sociales que estén participando en estos programas deberán asumir el 50% del costo de la obra social, lo que equivale a $6900 por el titular y por cada adherente.

Pasos para el reempadronamiento en el Monotributo Social
 

1. Acceso al sitio web oficial: Los interesados deben ingresar al sitio web correspondiente para iniciar el trámite.

2. Completar el formulario: Se deberá llenar con la información requerida, incluyendo datos personales y detalles sobre la actividad económica.

3. Verificación de información: Es importante revisar y confirmar que todos los datos ingresados sean correctos antes de enviar el formulario.

4. Envío del formulario: Una vez que la información sea confirmada, el formulario de reempadronamiento debe ser enviado a través del portal web.

5. Recepción de confirmación: Tras completar el proceso, se recibirá una confirmación de que el trámite fue realizado correctamente. Es recomendable guardar este comprobante para futuras referencias o consultas.

6. Actualización de la situación fiscal: Si es necesario, los beneficiarios deberán seguir los pasos adicionales que indique la ANSES para mantener al día su situación fiscal.

Requisitos mínimos de facturación para el Monotributo Social
 

Para mantener la categoría de Monotributo Social, es necesario emitir al menos seis facturas por semestre. Esta regla no aplica a aquellos que, por disposiciones legales, están exentos de cumplir con esta obligación. En caso de no cumplir con este requisito, se procederá a dar de baja al titular en la categoría y en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social. Esta baja implicará también la desvinculación de todos los adherentes a la obra social.

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