
La Secretaría de Energía aprobó las nuevas "Reglas para la Normalización del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM)", que entrarán en vigencia el 1° de noviembre.


Algunos comercios plantean ciertas ofertas en el pago con efectivo, precio que se diferencia en caso de abonar con transferencia, tarjeta de débito o crédito en una sola cuota, pero esto ¿está permitido?
Provinciales23/05/2024
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Al pagar por un producto con débito, transferencia bancaria, billetera virtual o tarjeta de crédito en un pago, algunos comercios cobran un plus por el uso de estos medios de pago, lo cual es ilegal según informa al Secretaría de Defensa del Consumidor.
Este cobro diferenciado va en contra de la normativa vigente y constituye una infracción a la Ley de Tarjetas de Crédito y la Resolución Nacional.
El consumidor al pagar y anoticiarse que existe una diferencia de precio entre abonar en efectivo y un recargo en caso de usar tarjeta de crédito, débito o transferencia, busca “desesperadamente efectivo” según indicó María Pía Saravia, secretaria de Defensa del Consumidor.
La funcionaria remarcó que el consumidor debe conocer que este cobro es ilegal y como proceder si se presentan estos casos.
Si el comercio se niega a cobrar el mismo precio que en efectivo deben:
Este cobro es susceptible de fiscalización y sanción, además que los consumidores que sufrieron este recargo pueden solicitar la devolución denunciando al comercio.

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La Secretaría de Energía aprobó las nuevas "Reglas para la Normalización del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM)", que entrarán en vigencia el 1° de noviembre.

